Desde la Fundación 1367 Casa Memoria José Domingo Cañas manifestamos nuestro más
profundo rechazo al fallo de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que terminó
absolviendo a sesenta agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), relacionados
con la denominada Operación Colombo o Lista de los 119. Caso enmarcado en el Plan Cóndor,
que implicó un montaje comunicacional con el que se pretendió encubrir 119 casos de
compañeras y compañeros detenidas y detenidos desaparecidos, en donde cuatro medios de
prensa, nacionales e internacionales, informaron que ellas y ellos habían sido asesinados en
rencillas internas o muertos en falsos enfrentamientos con la policía argentina. Los cuatro
diarios dejaron impresas para la historia un montaje comunicacional fundado en mentiras
fabricadas para ocultar la Operación Colombo.
Varias compañeras y compañeros de la lista de los 119 de esta causa judicial pasaron, entre
otros recintos, por el Cuartel Ollagüe de la DINA, actual Casa Memoria José Domingo Cañas,
entre los cuales se encuentran Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera,
Juan Carlos Andrónicos Antequera, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo
Espejo Gómez, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Sergio Reyes Navarrete y
Juan Carlos Rodríguez Araya.
Con este fallo, nos es inevitable el pensar en sus familias, en especial sus madres, de las cuales
varias han muerto sin ver la Verdad ni la Justicia.
El fallo absuelve a 30 agentes de la DINA que habían sido condenados como cómplices y a 31
agentes condenados como autores. Los condenados por la sentencia de segunda instancia
suman 42 agentes de la DINA, de los cuales NINGUNO cumplirá con cárcel, ya que todos vienen
siendo beneficiados con la libertad vigilada o remisión condicional de la pena.
Entre otros agentes favorecidos se encuentran varios que operaron en José Domingo Cañas,
César Manríquez, Pedro Espinoza, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann, a los cuales se
les redujo la pena a 4 años, con libertad vigilada. Los demás fueron sentenciados a 3 años y 1
día, con libertad vigilada, entre los cuales también hay torturadores del Ex Cuartel Ollagüe.
Este fallo contribuye, una vez más, a continuar con la Impunidad frente a las graves violaciones
a los DDHH cometidas por el Estado de Chile durante la dictadura cívico militar y va en contra
de las Garantías de No Repetición a las que se encuentra sujeto nuestro país en el marco del
derecho internacional y de sus compromisos y obligaciones en materia de DDHH. El poder
judicial debe respetar los Tratados Internacionales, los cuales establecen la imprescriptibilidad
de los Crímenes de Lesa Humanidad.
Exigimos la anulación de esta sentencia. El secuestro, la tortura, la desaparición forzada de
seres humanos no puede permitirse ni avalarse con estas sentencias que garantizan la
Impunidad. El poder judicial jugó un rol nefasto en dictadura siendo cómplice de Violaciones
a DDHH, salvo honrosas excepciones. En el presente, nuevamente están avalando y
garantizando la Impunidad.
La Impunidad de las Graves Violaciones a los DDHH de nuestro pasado reciente abren la puerta
a las Violaciones a los DDHH en el presente, como estamos siendo testigos.
¡NO AL INDULTO DE LOS ASESINOS! ¡EL LUGAR DE LOS GENOCIDAS ES LA CÁRCEL!
Fuente: Fundación 1367