EL DERECHO INALIENABLE A LA VERDAD
Los pueblos tienen el derecho inalienable a conocer la verdad acerca de la perpetración de crímenes aberrantes y de las circunstancias y los motivos que llevaron, mediante violaciones masivas o sistemáticas, a la perpetración de esos crímenes.
El ejercicio pleno y efectivo del derecho a la verdad proporciona una salvaguardia fundamental contra la repetición de tales violaciones.
EL DEBER DE RECORDAR
Para los pueblos, el conocimiento de la historia de su opresión forma parte de su patrimonio y, por ello, se debe conservar adoptando medidas adecuadas en aras del deber de recordar que incumbe al Estado para preservar los archivos y otras pruebas relativas a violaciones de los derechos humanos y el derecho humanitario, y para facilitar el conocimiento de tales violaciones.
Las medidas deben estar encaminadas a preservar del olvido la memoria colectiva y, en particular, evitar que surjan tesis revisionistas y negacionistas.
EL DERECHO DE LAS VÍCTIMAS A SABER
Independientemente de las acciones que puedan entablar ante la justicia, las víctimas y sus familias tienen el derecho imprescriptible a conocer la verdad acerca de las circunstancias en que se cometieron las violaciones y, en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima.
GARANTÍAS PARA HACER EFECTIVO EL DERECHO A SABER
El Estado tiene el deber de adoptar las medidas adecuadas y necesarias para garantizar el funcionamiento independiente y eficaz del poder judicial, para hacer efectivo el derecho a saber.
Los pueblos tienen el derecho a conocer la #Verdad acerca de la perpetración de crímenes aberrantes y las circunstancias y motivos que llevaron, mediante violaciones masivas o sistemáticas, a la perpetración de esos crímenes.
— Museo de la Memoria y los Derechos Humanos (@MuseoMemoriaCL) April 5, 2021
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