El 14 de agosto de 1990, Chile ratifica la Convención sobre los Derechos del Niño, y hoy recordamos 10 de sus derechos fundamentales:
- Derecho a la igualdad, sin discriminación de raza, forma de ser, religión o nacionalidad.
- Derecho a una protección especial para que puedan crecer física, mental y socialmente sanos y libres.
- Derecho a tener un nombre y una nacionalidad.
- Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuadas.
- Derecho a educación y atenciones especiales para niños y niñas con discapacidad física o mental.
- Derecho a comprensión y amor por parte de las familias y la sociedad.
- Derecho a una educación gratuita y derecho a divertirse y jugar.
- Derecho a atención y ayuda preferentes en caso de peligro.
- Derecho a ser protegido contra el abandono y el trabajo infantil.
- Derecho a recibir una educación que fomente la solidaridad, la amistad y la justicia entre todo el mundo.
Uno de los principios operacionales de la Convención es la Autonomía Progresiva, que refiere a que en el caso de niños y niñas no hay ningún límite de edad para participar, sino una capacidad que se desarrolla de manera evolutiva desde que uno nace hasta que muere.
Algunos de los principios claves:
– No discriminación: Es una herramienta que resguarda e indica el ejercicio de los derechos de NNA.
– Participación: Vinculado a la participación de NNA en su propia vida.
– Interés superior del niño o niña: es una forma de comprender cómo el niño y la niña pude resguardarse del poder de la familia, el Estado y la Sociedad, de acuerdo a su capacidad de desarrollo evolutivo.
– Supervivencia y desarrollo: La autonomía progresiva refiere a la progresividad de las facultades del niño que evolucionan con el aumento de sus capacidades.