Máximo Tribunal rechaza recurso del machi Celestino Córdova y le niega volver a su rehue

Ago 13, 2020

A 102 días del inicio de una huelga de hambre que tiene entre la vida y la muerte a la autoridad ancestral mapuche, la Corte Suprema rechazó el recurso de amparo a través del cual la defensa de Celestino Córdova buscaba que éste pudiese cumplir los próximos seis meses de su condena en arresto domiciliario.

Este jueves, la 2° Sala de la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de amparo interpuesto por la defensa del machi a través del cual buscaban que la autoridad ancestral mapuche pudiese cumplir los siguientes seis meses de su condena en su rehue.

En un fallo dividido, con cuatro votos en contra y solo uno a favor, los ministros de la Sala –compuesta por Carlos Kunsemuller (presidente), Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos– resolvieron denegar la solicitud de la autoridad ancestral y confirmaron lo resuelto de manera unánime por la Corte de Apelaciones de Temuco, que a la vez ratificó lo dictado por el Juzgado de Garantía.

En virtud de lo anteriormente dicho, en opinión de este previniente, no se reúnen los supuestos del artículo 21 de la Carta Política para acceder al arbitrio impetrado, como quiera que la privación de libertad del amparado no reviste caracteres de ilegalidad, ni tampoco se ha afectado su seguridad individual por actos que emanen de la autoridad penitenciaria“, se lee en el fallo de la Corte Suprema.

En concreto, la intención de la defensa de Córdova solicitaba que el machi pueda salir de la cárcel al menos por seis meses y que siga cumpliendo su condena de 18 años de presidio en su domicilio, una comunidad en el área rural de la comuna de Padre Las Casas, tal como lo indica el Convenio 169 de la OIT.

En la vista de la causa, el martes pasado, en representación de la defensa del machi estuvo el abogado de la Defensoría Penal de La Araucanía, Renato González, quien en su alegato enfatizó en la importancia que reviste para Celestino Córdova -como autoridad ancestral mapuche- el poder cumplir con los próximos seis meses de su condena en su rehue, debido a las complejas implicancias físicas y espirituales que tiene la lejanía con su comunidad.

En ese sentido, el abogado sostuvo que la huelga de hambre que mantiene el machi no tiene que ver con este recurso, sino con la necesidad de estar cerca de su comunidad y sus creencias. “La huelga de hambre del machi Celestino no dice relación necesariamente con este recurso. La huelga de hambre es una consecuencia no de una lucha con el Estado, es una consecuencia de la imposibilidad del machi de haber recibido un sueño y de poder dar cumplimiento a su rol espiritual en su rehue“, argumentó González en defensa del machi.

Hoy eso es lo que lo afecta y lleva más de 100 días solicitando que ese mandato, de fuerzas sobrenaturales, de un sueño -de un peuma- que tuvo el 4 de mayo, en donde se le exige, una situación que es irrenunciable para él en su calidad de machi, poder restablecer el equilibrio. Esa es la pretensión que solicitamos en definitiva“, agregó el abogado de la Defensoría Penal.

Desde el Ministerio Público, en sus alegatos el abogado Pablo Campos, también pidió rechazar el recurso interpuesto por la defensa del machi, señalando que la pena que está cumpliendo la autoridad ancestral mapuche fue decretada por una autoridad competente. Es por esto que desde el Ministerio Público solicitaron que se confirme la resolución apelada.

“Estimamos que no se ha quebrantado el imperio del derecho respecto de la situación del amparado, porque está privado de libertad cumpliendo una pena corporal de forma efectiva, aplicada en su momento por la autoridad competente dentro de sus facultades legales”, indicó el representante del Ministerio Público. “De manera que no puede adoptarse en su respecto una medida de protección como la que reclama la defensa, en tanto esta privación de libertad que actualmente le afecta se ajustó a la ley y a la Constitución Política de la República. Y finalmente, porque se han tomado todas las medidas para el resguardo de su salud“, añadió Campos.

Así también, en la misma línea que el Ministerio Público y la defensa de la familia Luchsinger-Mackay, en representacióndel Ministerio Interior y la Intendencia de La Araucanía, el abogado Hernan Valdebenito también alegó en contra de las pretensiones del machi Celestino. El reconocido abogado, que ya había sido contratado en el gobierno de Michelle Bachelet para defender causas similares, argumentó que se debe priorizar la legislación nacional, descartando que esto pueda ir en desmedro del cumplimiento del Convenio 169 de la OIT.

El encaje debe ser necesariamente con instrumentos nacionales ya reconocidos, previamente establecidos. Por ejemplo, la libertad condicional y los requisitos de la libertad condicional que puede participar el señor Córdova Tránsito cuando tenga el plazo correspondiente y cumpliendo los requisitos respectivos. Ahí tendríamos, justamente, un mecanismo de determinación de cumplimiento específico para el cumplimiento expreso del Artículo 9, en relación al Artículo 10 del Convenio 169“, sostuvo Valdebenito. “Por lo tanto, no hay vulneración del Convenio 169”, aseguró el abogado.

Cabe destacar que la Sala de la Corte Suprema que revisó la acción judicial estuvo integrada por los ministros Carlos Kunsemuller -quien preside la Sala-, Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos. También cabe recordar que durante la noche de este lunes se conoció un audio con un mensaje de despedida del machi Celestino Córdova, en donde advierte que en cualquier momento comenzará una huelga seca, decisión que tomaría en respuesta a la resolución de la Corte Suprema en caso de mantener la negativa a su solicitud. Esto, recordemos, el mismo día en que cumple 101 días de ayuno total.

Fuente: Diario Uchile

Fotografía: Agencia Uno

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