El 22 de julio de 1980, los terrenos de unas multicanchas en la población La Bandera, en la entonces comuna de La Granja, fueron tomados por cerca de 300 familias chilenas pobladoras y organizadas de la zona sur y sur poniente de Santiago
Las personas llegaron al lugar en una mini caravana de minibuses arrendados y furgones, donde además cargaban los elementos necesarios para una ocupación rápida. Con el acelerado transcurrir de las horas, a eso de las nueve de la mañana los cientos de familias se encontraban con sus carpas instaladas sobre la tierra y el barro producido por las recientes lluvias.
Pobladores y pobladoras eran conscientes de lo riesgoso de la operación, pero la convicción y necesidad superaba ampliamente cualquier miedo. Prontamente carabineros sería alertado y pasadas las diez de la mañana una gran cantidad de fuerzas policiales llegó al lugar, y sin mediar diálogo arremetió con todo el peso de la represión. Ante las demandas por una vivienda y una vida digna, la respuesta de la dictadura fue la violencia. La Iglesia Católica, especialmente el entonces obispo auxiliar de Santiago, Manuel Camilo Vial, fue quien abogó por la defensa de las familias.
De la organización de la toma participó Juan Rojas, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que días posteriores fue detenido por agentes de la CNI en las dependencias de la Vicaría Sur, y trasladado al cuartel Borgoño donde fue torturado, esto en uno de los primeros operativos a cargo de Álvaro Corbalán.
Las familias pobladoras no solo tuvieron que soportar el frío invierno, sino también el constante hostigamiento policial y el infiltramiento permanente de agentes de los servicios de inteligencia de la dictadura. A esto finalmente se sumaría una feroz crisis económica agudizada por la instalación de un modelo neoliberal que dejaría a miles de chilenos y chilenas en la mayor indefensión.
Hoy más que nunca seguimos #ConectadosconlaMemoria y recordamos que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad (Artículo 25.1 DUDH).
Fotografía portada La Segunda, 22 de julio de 1980.
Área de Comunicaciones Museo de la Memoria y los DD.HH.
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